Art. 1. El capitán general D. Baldomero Espartero recomendará
con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta de
comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o
modificación de los fueros.
Art. 2 Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de
los generales, jefes, oficiales y demás individuos dependientes del
Ejército del teniente general D. Rafael Maroto..... defendiendo la
Constitución de 1837, el trono de Isabel II y la regencia de su
augusta madre, o bien de retirarse a sus casas los que no quieran
seguir con las armas de fuego.
Cuartel de Vergara, 31 de Agosto de 1839.
Rafael Maroto
Se trata de un documento de fuente primaria, redactado y
firmado de común acuerdo por los generales Espartero
(liberal), y Maroto, jefe de las tropas carlistas en el País
vasco-navarro. Los autores del convenio por tanto son ambos
generales, y su destinatario sería los dos bandos contendientes de
esta guerra civil. Tiene un carácter público, y su temática
es político-militar.
El texto nos presenta una serie de fragmentos del Convenio de
Vergara, que posibilitaba la rendición de las armas por las tropas
carlistas bajo ciertas condiciones. La idea fundamental es el acuerdo
de paz firmado por liberales y carlistas. Las condiciones para el
cese de las actividades bélicas se concretan en 10 artículos, 2 de
ellos incluidos en el texto, que muestran tras su lectura un afán
conciliatorio.
En el artículo 1 se incluye una ambigua promesa de
mantenimiento de los privilegios forales de vascos y navarros.
Espartero, al comprometerse a “proponer a las Cortes la
concesión o modificación de los fueros”, actuaba con notable
independencia, ya que sabía que prometía algo que era de la
exclusiva competencia de las Cortes.
En el artículo 2 se reconoce por parte de los isabelinos los
empleos, grados y condecoraciones de oficiales que habían servido en
el bando carlista, para así permitir su reinserción en el
Ejército regular español.
En este acuerdo como hemos visto predominó la búsqueda de
reconciliación entre ambos bandos y el deseo de reintegrar a los
derrotados carlistas en el nuevo sistema político liberal. El
entendimiento solo fue posible tras el triunfo de las tesis de los
carlistas más moderados, dirigidos por el general Maroto,
favorables al pacto con los isabelinos a cambio del respeto a los
fueros. Por su parte, los carlistas más extremistas creían en el
establecimiento de un gobierno absolutista y se negaron a aceptar
cualquier salida pacífica al conflicto. Fue el propio Maroto quien
inició las negociaciones sin el consentimiento del pretendiente al
trono, don Carlos, e incluso ordenó la detención y posterior
fusilamiento de varios generales conservadores carlistas, acusándoles
de traición.
Tras el fracaso de la Expedición Real en 1837, el regreso de
un ejército no vencido, pero tampoco vencedor, a unas provincias ya
cansadas y exhaustas acelera el fin. Las conversaciones secretas de
Maroto con Espartero culminaron en el Convenio de Vergara, que
preparó el fin de la contienda. El general liberal se comprometía a
interceder en Madrid por los fueros, mientras que los pactistas de
Maroto, con sus pagas y ascensos asegurados, reconocían a Isabel II
como reina.
La pacificación del País Vasco y Navarra permitió a los ejércitos
carlistas concluir la guerra en 1840 con el sometimiento de Cataluña
y el Maestrazgo, donde el general Ramón Cabrera continuaba
resistiendo y se negaba a cumplir el acuerdo de paz. No obstante la
guerra civil concluyó con la victoria de las tropas liberales tras
la caída de Morella, último fortín de Cabrera, y con la
huida de don Carlos a Francia.
El Convenio de Vergara incluía una ambigua promesa de mantenimiento
de los privilegios forales de vascos y navarros. Sin embargo, poco
después, en 1841, se aprobaron varias leyes según las cuales
Navarra perdía sus aduanas, exenciones fiscales y militares,
y sus instituciones propias de autogobierno, como las Cortes. Pero a
cambio, los navarros consiguieron un sistema fiscal muy beneficioso,
consistente en el pago de un cupo contributivo único anual, de
reducida cuantía, a la Hacienda estatal.
En 1841, las 3 provincias vascas también fueron privadas de
privilegios forales, como las aduanas y las Juntas. No obstante, la
población vasca conservó su exclusión, privilegiada y excepcional,
del servicio militar obligatorio.
Algunos años después, en 1846, se produjo un nuevo recorte
de los fueros vascos con la introducción de los “conciertos
económicos”, por los cuales se calculaba la contribución
anual de los vascos a los gastos generales del Estado. La cantidad
total era fijada, de manera pactada, entre los representantes de las
3 diputaciones forales vascas y el gobierno estatal. Este modelo
fiscal resultó bastante ventajoso para la población vasca.
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